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Acuerdo: los requisitos de acreditación de centros y servicios y la cofinanciación Ley Dependencia PDF Imprimir E-Mail
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jueves, 04 de diciembre de 2008
El Consejo Territorial acuerda los requisitos de
acreditación de centros y servicios y la
cofinanciación de los beneficiarios de la
Ley de Dependencia

27 de noviembre de 2008

Reunión del Gobierno y las Comunidades Autónomas
• Los centros y servicios acreditados en el Sistema de Dependencia deberán
cumplir requisitos de calidad en los recursos que utilicen, en la
accesibilidad y en la cualificación y número de profesionales
• El Gobierno y las Comunidades fijan los criterios y una coparticipación
progresiva del beneficiario en la financiación de los servicios
• El Consejo acuerda que la vivienda habitual sólo compute en la capacidad
económica del beneficiario en caso de que el servicio que reciba sea de
atención residencial

La ministra de Educación, Política Social y Deporte,
Mercedes Cabrera, ha presidido hoy la reunión del pleno
del Consejo Territorial de la Dependencia, en la que el
Gobierno y las Comunidades Autónomas han acordado los
criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad
de los centros y servicios del Sistema de Dependencia y la
determinación de la capacidad económica del beneficiario,
así como los criterios de cofinanciación de éste en los
servicios y prestaciones.

ACUERDO SOBRE ACREDITACIÓN
DE CENTROS Y SERVICIOS


El Consejo Territorial ha acordado los criterios comunes de acreditación que
deben aplicar las Comunidades Autónomas para garantizar la calidad de los
centros y servicios del Sistema de Dependencia.
Las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus competencias, acreditarán
a los centros y servicios para que formen parte de la red del sistema
cumpliendo requisitos de calidad en los recursos materiales y equipamientos de
los servicios, en la capacitación, cualificación y número de los profesionales
que presten estos servicios, y en la accesibilidad de los citados centros, entre
otros ámbitos de actuación.
Por lo que se refiere a la capacitación de profesionales de centros y servicios
del Sistema de Dependencia, se requerirán progresivamente una serie de
cualificaciones profesionales.
Así, los directores y directoras de los centros acreditados en el sistema
deberán contar con titulación universitaria y haber realizado formación
complementaria en dependencia, discapacidad, geriatría, gerontología,
dirección de centros residenciales u otras áreas de conocimiento relacionadas
con el ámbito de atención a la dependencia.
En cuanto a los cuidadores, gerocultores o categorías profesionales similares,
deberán acreditar la cualificación profesional de Atención Sociosanitaria a
Personas Dependientes en Instituciones Sociales, de Técnico en Cuidados
Auxiliares de Enfermería o la de Técnico de Atención Sociosanitaria.
Además, quienes realicen las funciones de asistencia personal a personas con
gran dependencia, deberán acreditar la cualificación profesional de Atención a
Personas en el Domicilio, el certificado de profesionalidad de Auxiliar de Ayuda
a Domicilio o las titulaciones indicadas para los cuidadores y gerocultores.
Estos requisitos sobre cualificaciones profesionales serán exigibles
progresivamente.
En cuanto al número de profesionales, el acuerdo establece unos ratios de
trabajadores de los centros acreditados por número de beneficiarios del
Sistema de Dependencia que sean usuarios de los mismos.
El acuerdo fija unos ratios globales (se incluye en el cómputo a todos los
trabajadores del centro) exigibles en 2011.
El texto también fija unos ratios específicos en la categoría profesional de
cuidador, gerocultor o similares que deberán cumplir los centros en 2011.
En 2012, el Consejo Territorial fijará los ratios exigibles para el año 2015.
Por lo que se refiere a la accesibilidad, el acuerdo exige que los centros y
servicios acreditados en el Sistema de Dependencia garanticen la accesibilidad
de las personas con discapacidad y en situación de dependencia de los
edificios y del entorno del centro.

ACUERDO SOBRE NIVEL DE COPARTICIACIÓN
DEL BENEFICIARIO EN LA
FINANCIACIÓN DE LOS SERVICIOS

El Consejo Territorial ha acordado también hoy la determinación de la
capacidad económica del beneficiario y los criterios de participación de éste en
la cofinanciación de los servicios y prestaciones del Sistema de Dependencia.
Así, se regulan los requisitos, se fija una coparticipación progresiva y se
establecen los umbrales mínimos y máximos de cofinanciación del beneficiario
que hasta ahora venían decidiendo las Comunidades Autónomas.
En virtud de este acuerdo, las Comunidades Autónomas determinarán la
capacidad económica del beneficiario en atención a la renta y patrimonio de
éste, teniendo en cuenta que la vivienda habitual sólo computará para fijar el
nivel de cofinanciación en caso de que el servicio que reciba sea el de atención
residencial (o la prestación económica vinculada a este servicio) y no tenga
personas a su cargo que continúen residiendo en dicha vivienda.
El acuerdo contempla que, en los casos en que la capacidad económica del
beneficiario sea igual o inferior al Indicador Público de Renta de Efectos
Múltiples (IPREM), éste no participará en el coste de los servicios. A partir de
ese umbral, se fija una coparticipación progresiva.
En cuanto a las prestaciones económicas, si la capacidad económica de
lbeneficiario es igual o inferior al IPREM, las Comunidades Autónomas deberán
otorgar en todos los casos el 100% de la cuantía de la prestación establecida.
En caso de que la capacidad sea superior al IPREM, las Comunidades
Autónomas fijarán los índices de reducción, teniendo en cuenta que la
prestación que reciba el beneficiario nunca podrá ser inferior al 40% de la
cuantía establecida anualmente para la prestación económica vinculada al
servicio y de asistencia personal y del 75% para la de cuidados en el entorno
familiar.
Teniendo en cuenta estos requisitos y estos umbrales mínimos y máximos, las
Comunidades Autónomas determinarán la participación concreta de los
beneficiarios en la cofinanciación de los servicios y prestaciones que
reconozcan a los beneficiarios de la ley.
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Comentarios (1)add comment

VANESSA MEDINA said:

9 de enero 2010


Soy Trabajadora Social de Profesion con Licencia Permanente. Deseo ampliar mis horizontes para mi y mi familia. Deseo conseguir empleo en EU. Pero necesito saber si mi licencia es vigente alla.

Gracias,
Vanessa Medina
 
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enero 09, 2010
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